Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO-11)

Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas

Definición de la ocupación

Los productores y trabajadores calificados de explotaciones agropecuarias mixtas cuya producción se destina al mercado planifican, organizan y realizan operaciones agrícolas para cultivar y cosechar campos, árboles y otros cultivos, así como para criar, alimentar y cuidar animales y para producir una variedad de productos de origen animal para la venta o la entrega a compradores mayoristas, organizaciones de comercialización o a los mercados.

Tareas

Entre sus tareas se incluyen:

  • promover y comercializar productos, organizar la compra, venta y transporte de ganado, productos y suministros y mantener y evaluar registros de las actividades y transacciones de la explotación;
  • alquilar o invertir y mantener y limpiar las edificaciones de la explotación, la maquinaria, equipamiento y estructuras;
  • criar, alimentar y cuidar animales;
  • realizar operaciones tales como la preparación de la tierra, siembra, plantación, cultivo y cosecha de cultivos;
  • efectuar el seguimiento de la actividad y las condiciones del mercado, determinar los tipos y cantidades de cultivos a ser cosechados y animales a ser criados, y planificar y coordinar la producción consiguiente;
  • comprar semillas, fertilizantes y otros suministros;
  • producir o comprar forraje y otros suplementos alimentarios;
  • sacrificar y desollar animales y preparar animales o productos de origen animal para el mercado;
  • almacenar y llevar a cabo algún procesamiento de los productos;
  • capacitar y supervisar trabajadores en los procedimientos de cuidado animal, en tareas de mantenimiento, y tomar precauciones de salud y seguridad y contratar y dispensar trabajadores y contratistas.
Exenciones

Ocupaciones afines no incluidas en este grupo primario

  • Técnicos agropecuarios, 3142
  • Agricultores-gerentes de explotación mixtas (vegetal y animal), 1311
  • Peones agropecuarios, 9530
Nota de alcance

Nota: Los agricultores y trabajadores cualificados agropecuarios cuya actividad predominante es la cría de ganado o bien la agricultura, pero también se ocupan de manera ocasional de la otra actividad, esto es, la agricultura o la cría de ganado respectivamente, no se deberían incluir en este epígrafe. Por ejemplo un ganadero que cría cerdos para el mercado pero dedica algo de tiempo a cultivar verduras debería clasificarse en 6203, Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de porcino. De manera similar, un agricultor cerealista que mantiene una pequeña cabaña de aves y animales de granja debe clasificarse en 6110, Trabajadores cualificados en actividades agrícolas (excepto en huertas, invernaderos, viveros y jardines).

Fecha de creación
29-May-2017
Modificación
03-Nov-2017
Término aceptado
29-May-2017
Términos descendentes
1
Términos específicos
1
Términos alternativos
2
Términos relacionados
0
Notas
4
Metadatos
Búsqueda
  • Buscar Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas  (Wikipedia)
  • Buscar Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas  (Google búsqueda exacta)
  • Buscar Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas  (Google scholar)
  • Buscar Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas  (Google images)
  • Buscar Trabajadores cualificados en actividades agropecuarias mixtas  (Google books)