Los trabajadores de los cuidados personales a domicilio prestan cuidados personales rutinarios y ayudan en actividades de la vida diaria a personas que requieren de este tipo de asistencia debido a la edad, enfermedad, lesiones u otro tipo de indisposición física o mental en casas particulares o en otras unidades residenciales independientes.
Nota: Los trabajadores que prestan cuidados personales a residentes en instituciones y centros que disponen de supervisión médica o de enfermería permanente (como hospitales y residencias asistidas) y que, por tanto, trabajan bajo la supervisión directa de enfermeros o médicos, deben clasificarse en los grupos primarios 5611, Auxiliares de enfermería hospitalaria y 5612, Auxiliares de enfermería de atención primaria.
Los asistentes en partos en domicilio que prestan apoyo emocional durante el embarazo y la vida activa pero no atención para reducir los riesgos para la salud, se incluyen aquí.
Entre sus tareas se incluyen:
Ocupaciones afines no incluidas en este grupo primario