Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO-11)

Vendedores en mercados ocasionales y mercadillos

Definición de la ocupación

Los vendedores en mercados ocasionales y mercadillos venden diversos productos en paradas situadas en mercados al aire libre o cubiertos, en calles u otros espacios abiertos.

Tareas

Entre sus tareas se incluyen:

  • apilar y exponer los productos en venta, y envolver y envasar los ya vendidos;
  • erigir y desmontar el puesto de venta, y transportar, almacenar, cargar y descargar los productos en venta;
  • determinar la combinación de productos que van a venderse, las existencias y los niveles de precios;
  • obtener de las autoridades locales competentes el permiso necesario para instalar un puesto de venta en un lugar concreto de una calle, un mercado u otro espacio abierto;
  • comprar o contratar un suministro regular de los bienes que van a venderse con mayoristas o directamente con los productores;
  • hacer demostraciones de los productos, venderlos y cobrar su precio;
  • llevar la contabilidad y mantener un registro de los niveles de existencias.
Exenciones

Ocupaciones afines no incluidas en este grupo primario

  • Dependientes propietarios de vehículos de bocadillos calientes, 5000 -
  • Dependientes de quioscos, 5411
  • Vendedores callejeros, 9410
Nota de alcance

Nota: Los vendedores en la calle, en puesto de mercado, de productos de alimentación frescos no destinados al consumo inmediato (como frutas, hortalizas, carne y productos lácteos) deben clasificarse en el grupo primario 5412, Vendedores en mercados ocasionales y mercadillos. Los vendedores en la calle y en puestos de mercado de alimentos preparados y productos de alimentación para su consumo inmediato deben clasificarse en los subgrupos 50 o 51. Los vendedores en la calle y en lugares públicos de productos no de alimentación (o de productos de alimentación no perecederos envasados, como caramelos) ofrecidos en carritos, bandejas o cestas deben clasificarse en el grupo primario 9410, Vendedores callejeros. Los trabajadores que preparan productos de alimentación para consumo inmediato, como hamburguesas, pero tienen un contacto directo limitado con los clientes, deben clasificarse en el grupo primario 9320, Preparadores de comidas rápidas

Fecha de creación
29-May-2017
Modificación
03-Nov-2017
Término aceptado
29-May-2017
Términos descendentes
0
Términos específicos
0
Términos alternativos
5
Términos relacionados
0
Notas
4
Metadatos
Búsqueda
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