Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO-11)

Personal directivo de la Administración Pública

Definición de la ocupación

El personal directivo de la Administración Pública asesora a ésta en los asuntos políticos, vigila la interpretación y aplicación de la política pública y de la legislación por los órganos públicos; actúa en nombre y representación del país en el extranjero o desempeña tareas similares en organizaciones intergubernamentales. Planifica, organiza, orienta, controla y evalúa las actividades generales de los departamentos, órganos, agencias o comisiones del gobierno nacional o de los gobiernos de la región o de la provincia o colectividad local, de conformidad con la legislación y las políticas del gobierno o de los órganos legislativos.

Tareas

Entre sus tareas se incluyen:

  • presentar a comisiones legislativas o de la administración pública políticas, programas o presupuestos;
  • velar por la elaboración y aplicación de sistemas y procedimientos adecuados para la realización del control presupuestario;
  • elaborar o aprobar y evaluar programas y procedimientos para la aplicación de las políticas públicas junto con la propia administración pública o en consulta con ella;
  • asesorar en la preparación de los presupuestos públicos, así como de las leyes y reglamentos, incluidas sus enmiendas;
  • asesorar en los asuntos políticos a la administración pública y al órgano legislativo nacional, regional, provincial o municipal;
  • establecer objetivos para los órganos públicos de conformidad con la legislación y la política de la administración pública;
  • recomendar, examinar, evaluar y aprobar documentos, notas e informes presentados por otros directivos de la administración pública de nivel medio o superior;
  • coordinar las actividades con los demás directivos y funcionarios de la administración pública;
  • controlar la interpretación y aplicación de la política pública y de la legislación por los órganos públicos.
Nota de alcance

Nota: Los empleados o funcionarios de las Administraciones Públicas que gestionan una empresa pública o un organismo análogo donde los empleados públicos desempeñan tareas semejantes a las ejercidas por los dirigentes de las empresas descritas en el grupo primario 1120, Directores generales y presidentes ejecutivos, se clasificarán en dicho grupo. Se considerará una empresa pública a cualquier empresa en la que los poderes públicos puedan ejercer, directa o indirectamente una influencia dominante en razón de la propiedad, de la participación financiera, o de las normas que la rigen. A efectos prácticos se considera que la empresa es pública: a) cuando la participación efectiva de los poderes públicos en el capital de empresa supera el 50%; b) cuando las decisiones de una empresa dependen fundamentalmente de los poderes públicos, aunque no esté mayoritariamente participada por éstos. Por poderes públicos se entienden las Administraciones Públicas (General del Estado, Autonómica y Local), la administración de la Seguridad Social y otros Organismos Públicos, como el INI y el INH.

Personal directivo de la Administración Pública

Términos no preferidos

Fecha de creación
20-Oct-2017
Modificación
07-Nov-2017
Término aceptado
20-Oct-2017
Términos descendentes
0
Términos específicos
0
Términos alternativos
4
Términos relacionados
0
Notas
3
Metadatos
Búsqueda
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